Adultos mayores ganan tutela que les permite salir de sus casas

El Juzgado 61 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá falló a favor de más de 20 personas que habían interpuesto una tutela el pasado 17 de junio, por una presunta vulneración de derechos constitucionales a la igualdad, la libertad de locomoción y libre desarrollo de la personalidad de las personas mayores de 70 años, durante la cuarentena nacional por cuenta de la pandemia por coronavirus.

Foto/Internet

En un fallo de tutela se ordenó al presidente de la República, Iván Duque Márquez, y a la ministra del Interior, Alicia Arango, que dentro de las cuarenta y ocho (48) expida un acto administrativo mediante el cual otorgue tiempo para el ejercicio físico en exteriores de los adultos mayores de 70 años durante el aislamiento por el Covid-19.

“Le pedimos señor(a) juez(a) proteger nuestros derechos fundamentales a la igualdad en conexidad con las libertades de locomoción y el derecho al libre desarrollo de la personalidad, y en consecuencia ordenar inaplicar las resoluciones 464 y 844 de 2020 proferidas por el Ministerio de Salud y Protección Social en lo relativo a las medidas sanitarias de aislamiento y cuarentena preventivo para las personas mayores de 70 años”, se lee en la tutela.

En el documento se solicitó inaplicar provisionalmente el numeral 35 del artículo 3 del Decreto 749 del 28 de mayo de 2020, modificado por el artículo 1 del Decreto 847 del 14 de junio de 2020, hasta que no sea decidida en sede judicial la nulidad por inconstitucionalidad que deberá ser tramitada por los accionantes dentro de los próximos quince (15) días hábiles.

Los demandantes alegaron que el pasado 18 de marzo, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 464 de 2020, en la cual decretó “el aislamiento preventivo obligatorio para las personas mayores de 70 años entre el 20 de marzo al 30 de mayo del 2020”; lo anterior se decidió con, al parecer, la única motivación de que estas personas son la población más vulnerable frente a los efectos del virus Covid19.

Esta sentencia puede impugnarse, dentro de los tres días siguientes a su notificación.

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