Gobierno permite reactivar restaurantes, iglesias y aereopuertos
El gobierno nacional expidió hoy 14 de junio el decreto 847 de 2020, donde permite servicios religiosos en municipios donde no haya virus del covid-19; claro está, siempre y cuando estén siguiendo los protocolos de bioseguridad. Como segundo e importante punto, es la reapertura de los aeropuertos.
Esta noticia para los ciudadanos colombianos es un avance, tras meses de aislamiento, significa también un respiro no solo para empezar a reactivar ciertos sectores económicos, también para dar rumbo a la vida que tendrán los millones de colombianos en poder empezar a tener una vida, poco diferente a las normas establecidas para controlar el virus.
Reactivación de las iglesias

Esta se dará solo en municipios donde no esté el virus y según el decreto, los servicios religiosos que impliquen aglomeraciones, salvo que medie autorización por parte del Ministerio del Interior y se cumpla en todo momento con los protocolos emitidos por el Ministerio de Salud y Protección Social para el desarrollo de esta actividad.

los servicios religiosos que puedan implicar reunión de personas se podrán permitir siempre y cuando medie autorización de los alcaldes en coordinación con el Ministerio del Interior y se cumpla en todo momento con los protocolos emitidos por el Ministerio de Salud y Protección Social para el desarrollo de esta actividad.
Deporte
Se mantendrán las condiciones de las horas permitidas para adultos y menores, entra como novedad el servicio de las piscinas y polideportivos. Que solo podrán utilizar para la práctica deportiva de manera individual por deportistas profesionales y de alto rendimiento.
Restaurantes y otros
Para los municipios sin afectación del Corona virus COVID-19 el gobierno permitirá que de acuerdo con planes piloto que se autoricen por los alcaldes en coordinación con el Ministerio del Interior, los establecimientos y locales gastronómicos puedan brindar atención al público en el sitio, siguiendo los protocolos de bioseguridad que autorice el Ministerio de Salud y Protección Solución.
Aereopuertos

En los municipios y distritos que dentro de su jurisdicción territorial se encuentren localizados aeródromos o aeropuertos, los alcaldes podrán solicitar al Ministerio del Interior, al Ministerio de Transporte y a la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil la autorización para implementar planes piloto en el transporte doméstico de personas por vía área. La autorización que otorgarán el Ministerio del Interior, el Ministerio de Transporte y la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil procederá previa recomendación del Ministerio de Salud y Protección Social, y siempre cuando los municipios de la ciudad de origen como de la de destino lo hayan solicitado y se cumplan los protocolos de bioseguridad emitidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Ver decreto presidencial 847 de 2020